Othos - Costa Rica 
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CONTRATO PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS VOIP
OTHOS TELECOMUNICACIONES S.A.
Entre nosotros OTHOS TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA, cédula
jurídica número tres – ciento uno – quinientos setenta y seis mil trescientos noventa
y uno, inscrita en la sección de personas jurídicas del Registro Público, bajo el tomo:
dos mil nueve, asiento: ciento cuarenta y siete mil seiscientos sesenta y nueve,
consecutivo uno, en adelante denominado “OTHOS” y el otro lado, la persona
identificada en la Confirmación Contractual en adelante denominado “CLIENTE”.
Convenimos en suscribir el presente contrato según las siguientes cláusulas y
condiciones:
PRIMERA: Declara OTHOS entidad de derecho privado legalmente constituida, que
poseyendo por sí los medios y recursos informáticos y de comunicación necesarios,
ofrece a sus clientes algunos de sus servicios por vía Internet, con el propósito de
facilitar la prestación óptima de su oferta.
Manifiesta EL CLIENTE que está interesado en recibir los servicios ofrecidos por
OTHOS vía Internet, para lo cual cuenta con los medios, recursos informáticos y de
comunicación necesarios. El CLIENTE declara expresamente y garantiza, para todos
los fines de derecho, que:
a) Posee capacidad Jurídica para celebrar este Contrato y utilizar los servicios
objeto que en el constan.
b) Es responsable por la utilización del servicio VOIP OTHOS contratado y tiene
condiciones financieras para encargarse del pago, gastos u otras tasas resultantes
de este Contrato.
c) Posee capacidad técnica así como acceso a la tecnología, actividad medio
imprescindible para la utilización de VOIP OTHOS.
SEGUNDA: TERMINOLOGIA ASOCIADA
A efecto de facilitar el análisis del contenido contractual que bajo esta figura jurídica
se pretender normar, se detalla la significación o sentido de aquellos vocablos
técnicos comprensivos de la materia:
A) Acceso de banda ancha: se refiere a la provisión de acceso a Internet a través de
tecnologías como ADSL, cable, entre otras, excepto satélite, en velocidades
normalmente superiores a las obtenidas en las conexiones del tipo Acceso Discado.
La velocidad varía de acuerdo con la tecnología y el servicio contratado por el
CLIENTE.
B) Acceso discado: consiste en la provisión de acceso a internet a través del servicio
de telefonía fija, que no permite la transmisión simultánea de telefonía y datos, o
sea, no posibilita la realización o recepción de llamadas telefónicas y el acceso a
Internet simultáneamente. El CLIENTE tiene prohibido realizar llamadas del tipo “a
cobrar” para conectarse al sistema informático de OTHOS.
C) Soporte técnico: es la prestación de servicio de soporte técnico por teléfono,
correo electrónico, sala de conversación o fax, relativo única y exclusivamente a los
servicios prestados al CLIENTE de servicio VOIP de OTHOS.
D) VOIP (voice over inter protocol): voz sobre protocolo de Internet, significa el
tránsito de la voz a través de Internet.
E) Terminación en Red Pública: terminación del tránsito de voz, iniciado por internet
en red de telefonía pública conmutada.
F) Servicio VOIP: significa el servicio que posibilita el tránsito de voz por internet.
Dependiendo del plan contratado el servicio posibilitará la terminación en red de
telefonía pública conmutada.
G) Enlace (atajo): Botón o texto que puede ser cliqueado para acceder a una página
web diferente.
H) Web: Forma abreviada para denominar “World Wide Web”(red de alcance
mundial). Designación para todas las interfaces gráficas presentadas en Internet.
I) Confirmación contractual: es la confirmación de la contratación de los servicios y
forma parte integrante de estas condiciones generales, consistiendo en el
documento firmado por el CLIENTE, conteniendo en su interior los detalles del
servicio contratado. En ella constarán los datos del CLIENTE y las condiciones
comerciales del plan contratado por él.
J) Usuarios: son aquellos que navegan en la página que no realizaron registro en
ninguno de los servicios disponibles en ella.
K) Cliente: son aquellos que navegan en la página Web y utilizan los servicios
disponibles por la página de OTHOS, por medio de pago de un crédito en razón del
tipo de servicio utilizado.
TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO
La suscripción del presente contrato tiene como objetivo la prestación de servicios
por OTHOS al CLIENTE para la transmisión de voz mediante protocolo de internet,
en forma de paquetes de informaciones, modalidad del SCM- Servicio de
Comunicación Multimedia.
CUARTA: SUMINISTRO DE SERVICIOS
Othos se compromete a ofrecer al cliente un servicio de calidad acorde a la
regulación normativa vigente. Los servicios serán prestados por medio de la
instalación o softfone o equipos como IP Phone, ATA, Roteador con puerta VOIP,
entre otros que son compatibles con los servicios. Los servicios serán prestados de
número VOIP a VOIP, número VOIP con terminación en red pública o viceversa.
A exclusivo criterio de OTHOS, podrá haber un periodo de utilización gratuita del
VOIP OTHOS para que el CLIENTE pueda experimentar algunas funcionalidades del
servicio.
QUINTA: EQUIPO REQUERIDO POR EL CLIENTE
Para accesar vía internet a los servicios ofrecidos por OTHOS, según se describe en
la cláusula anterior, el CLIENTE debe disponer de conexión con acceso Banda
Ancha, prestado por operadora contratada por el CLIENTE, según su propio criterio.
Se recomienda la utilización de del VOIP OTHOS en conexiones de Banda Ancha,
para que el cliente pueda utilizar con calidad todas las funcionalidades del servicio.
SEXTA: FORMALIZACION DEL CONTRATO
El contrato podrá ser formalizado mediante el acceso en línea disponible en el sitio
web: www.othos.co.cr
SETIMA: CLAVE DE IDENTIFICACION
Para utilizar el VOIP el nuevo CLIENTE facilitará un correo electrónico y creará una
clave para acceder a través del panel de control de su cuenta. El CLIENTE no podrá
elegir como correo electrónico palabras, expresiones o conjuntos gráficodenominativos
que ya hayan sido elegidos anteriormente por otro CLIENTE o, de
otra forma, que sean malsonantes, injuriosos, coincidentes con marcas, nombres
comerciales, rótulos de establecimientos, razones sociales de empresas,
expresiones publicitarias, nombre y pseudónimos de personas de relevancia pública,
famosos o registrados por terceros, cuyo uso no esté autorizado y, en general,
contrarios a la ley o a las exigencias de la moral y buenas costumbres generalmente
aceptadas.
OCTAVA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE OTHOS
Sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en este Contrato y en la
Legislación costarricense OTHOS a) deberá prestar el servicio asegurando la calidad
técnica del tránsito de datos y voz, resguardando lo dispuesto en la cláusula de
Responsabilidad, b) Colocar a disposición del CLIENTE, a través de la Página Web
informaciones sobre los valores cobrados por los Servicios prestados, las
condiciones de usufructo del Servicio, y eventuales cambios de precios y
condiciones de prestación del servicio que afecten al CLIENTE directa o
indirectamente, c) Colocar a disposición del CLIENTE informaciones sobre
características y especificaciones técnicas de los terminales, necesarias para la
conexión de ellos a su red, Siéndole vedada la negación para conexión de equipos
sin justificación técnica comprobada, d) OTHOS se reserva el derecho de crear,
alterar o modificar y excluir productos, planes y servicios, conforme las normas
reguladoras y legislación aplicable a las relaciones de consumo, e) Se le permite a
OTHOS realizar adecuaciones en los servicios, buscando el acompañamiento de las
evoluciones tecnológicas relativas al servicio prestado, la garantía de su calidad y de
su equilibrio económico-financiero, Siendo que en esa hipótesis el CLIENTE será
comunicado de las referidas evoluciones previamente, f) OTHOS se esforzará lo
máximo posible para asegurar y desarrollar la calidad del servicio actualmente contratado,
comprometiéndose, aún, a respetar la privacidad del CLIENTE, garantizando
que no monitoreará o divulgará informaciones relacionadas a su utilización, bien
como de las comunicaciones realizadas por medio de VOIP, manteniendo sigilo
sobre todas las informaciones de registro por el aportadas, inclusive su clave de
acceso, que sólo serán divulgadas a terceros en razón de solicitación de autoridad
pública o de interés personal del CLIENTE, caso sea necesaria su aprobación
formal, resguardadas las hipótesis previstas en estas Condiciones Generales.
NOVENA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE El CLIENTE tendrá las
siguientes obligaciones y derechos: A) El CLIENTE se compromete a proveer
informaciones verdaderas, correctas, actuales y completas sobre si mismo, en el
momento de su registro; B) El CLIENTE deberá a comunicar a OTHOS el extravío,
pérdida de claves de acceso al VOIP OTHOS inmediatamente después de tener
conocimiento del hecho; C) Hasta el momento en que efectivamente comunique a
OTHOS el hecho, el CLIENTE responderá por los gastos o perjuicios resultantes de
la eventual utilización de las claves de acceso por terceros; Es obligación del
CLIENTE utilizar servicio de acceso y conexión a Internet compatible con VOIP
OTHOS, respetando lo dispuesto en el contrato con su proveedor y la legislación
aplicable; D) Cumplir con las recomendaciones técnicas en lo que atañe a la
utilización del Servicio contenidas en la Página Web; E) Utilizar equipos con las
características especificadas por OTHOS, respetando las recomendaciones de
instalación y uso de los respectivos fabricantes; F) Comunicar a OTHOS, por medio
del área de Soporte Técnico de la Página Web toda y cualquier irregularidad o mal
funcionamiento del Servicio prestado o hecho perjudicial a la seguridad, visando
posibilitar a su adecuada asistencia u orientación; G) Pagar en día los valores
debidos en virtud de este contrato cuando sea el caso; H) Mantener los equipos
necesarios para el acceso a internet en condiciones de uso, tomando todas las
medidas de seguridad necesarias para la protección de sus equipos, sistemas y
archivos contra la actuación indebida e invasiones no autorizadas de otros usuarios
de internet; I) No podrá utilizar VOIP OTHOS para los fines que se indican
seguidamente: a) Instigar, amenazar, ofender, abalar la imagen, invadir la
privacidad o perjudicar otros miembros de la comunidad de internet; b) Intentar
obtener acceso ilegal a bancos de datos de OTHOS o de terceros; c) Alterar y copiar
archivos o aún obtener claves y datos de terceros sin autorización previa; d) Realizar
escuchas clandestinas; e) No respetar la ley, la moral, las buenas costumbres, las
normas de derecho autoral o propiedad industrial, los derechos al honor, a la vida
privada, a la imagen, a la intimidad personal y familiar; M) El CLIENTE se
compromete a observar los estándares éticos y morales vigentes en Internet y las
leyes nacionales e internacionales aplicables a la especie; N) No podrá utilizar el
VOIP OTHOS para propagar contenidos que vayan dirigidos a: a) Violar la ley, la
moral, las buenas costumbres, la propiedad intelectual, los derechos al honor, a la
vida privada, a la imagen, a la intimidad personal y familiar; b) Estimular la práctica
de conductas ilícitas o contrarias a la moral y a las buenas costumbres; inciten la
práctica de actos discriminativos, sea en razón de sexo, raza, religión, creencias,
edad o cualquier otra condición; c) Colocar a disposición o posibilitar el acceso a
mensajes, productos o servicios ilícitos, violentos, pornográficos o degradantes; d)
Inducir a un estado inaceptable de ansiedad o temor; e) Inducir o incitar practicas
peligrosas, de riesgo o nocivas a la salud y al equilibrio psíquico; g) Utilizar datos
falsos, ambiguos, inexactos, exagerados o extemporáneos, de forma que puedan
inducir a error sobre su objetivo o sobre las intenciones o propósitos del consumidor;
h) Violar el sigilo de las comunicaciones; i) Constituir publicidad ilícita, engañosa o
desleal, en general, configurando competencia desleal; j) Incitar o estimular la
pedofilia; O) El CLIENTE se compromete a suministrar la veracidad de los datos
informados para el registro en la Página web de OTHOS, responsabilizándose por
las actualizaciones que fueren necesarias, tales como cambio de domicilio, número
de teléfono, etc.
DECIMA: COSTO DEL SERVICIO, MODALIDADES DE PAGO y FACTURACION
Con el fin de posibilitar la utilización del VOIP OTHOS, el CLIENTE deberá realizar el
pago de la siguiente forma: Pago mensual programado por medio de débito
automático hecha por el CLIENTE en la página Web o por medio de pago de factura
de banco mensualmente disponible por OTHOS al CLIENTE en su página Web para
impresión.
Pago de factura de banco suelto, adquisición de panfleto, o débito en la tarjeta de
crédito, siempre que desee, Conforme procedimiento descrito en la Página Web.
Los precios aplicables a los Servicios serán los vigentes en la época de utilización de
los servicios, conforme cuadro de precios publicado en la Página Web. Los servicios
solicitados solamente estarán disponibles para el CLIENTE después de confirmación
del pago par la administradora de la tarjeta de crédito o de la institución financiera,
conforme opción del CLIENTE.
En caso de alteración en la legislación tributaria o en el panorama económicofinanciero
que provoque un desequilibrio en la relación actualmente existente,
OTHOS podrá reajustar los precios con el fin de restablecer el equilibrio contractual,
debiendo, para eso, informar los nuevos precios en la Página Web.
El CLIENTE deberá pagar a OTHOS la cantidad constante en la confirmación
Contractual, en las fechas o periodicidad referidas en la misma y correspondiente al
Plan Fijo, teniendo como compromiso mensual el pago contratado, con permanencia
mínima a ser determinada en el término de aceptación adjunto al presente contrato.
Los eventuales encargos de inscripción o de instalación en la contratación de VOIP
OTHOS deben ser pagados por el CLIENTE conforme el Plan por él seleccionado.
Ese valor consta expresamente en la Confirmación Contractual, a criterio único y
exclusivo de OTHOS, el CLIENTE podrá ser eximido del pago de tales encargos.
Para efectuar el pago a través de factura de banco, el cobro de encargos de
administración será asignado al cliente conforme el valor informado en la página web
de OTHOS.
En caso de saldo residual existente en cuenta, después del vencimiento del contrato
en cuestión, el mismo será dado como forma de premio para adquisición de otros
servicios u otra forma ofrecida por OTHOS.
DECIMA PRIMERA: SUSPENSION Y RECONEXION DEL SERVICIO
OTHOS se compromete a colocar a disposición el servicio de acceso contratado por
el CLIENTE, en los términos de estas Condiciones Generales y del Plan
seleccionado, pudiendo haber interrupciones eventuales en el acceso al Servicio
debido a:
a) Desplazamiento del CLIENTE fuera del área de cobertura del Servicio VOIP
OTHOS.
b) Caso fortuito o fuerza mayor.
c) Acciones de terceros que impidan la prestación de los servicios.
d) Falta de provisión de energía eléctrica para el sistema de OTHOS.
e) Mantenimiento técnico u operacional que exijan la desconexión temporal del
sistema o impidan el acceso.
En caso que el CLIENTE no observe las disposiciones contractuales o realice actos
contrarios a estas, faculta a OTHOS para rescindir el contrato, interrumpir los
servicios temporalmente o notificar al CLIENTE para que repare, corrija o regularice
la situación.
DECIMA SEGUNDA: PROCEDIMIENTO Y HORARIO DE ATENCION DE
RECLAMACIONES SERVICIO DE SOPORTE TECNICO
OTHOS proveerá soporte técnico al CLIENTE, informaciones y aclaraciones sobre
los Servicios, a través del área de Soporte Técnico de la Página Web, durante un
periodo de 24 horas. Para tales efectos el CLIENTE deberá seguir el protocolo que
allí se indica.
En igual sentido, reparará eventuales fallas y problemas relacionados con el servicio
a la mayor brevedad posible.
DECIMA TERCERA: RESPONSABILIDAD POR EL USO DEL SERVICIO
El CLIENTE asume todos los encargos y responsabilidades resultantes de sus actos
y de su conducta como usuario de la red Internet y CLIENTE de VOIP OTHOS,
respondiendo de igual manera, por los actos que terceros practiquen en su nombre,
por medio del uso de su correo electrónico y clave de acceso.
EL CLIENTE se compromete a indemnizar a OTH0S por cualquier gasto, perjuicio y
daño resultante de acciones u omisiones que violen las disposiciones contenidas en
la ley, en el presente instrumento y en las Condiciones Generales, que están
disponibles en la Página Web de OTHOS.
El CLIENTE es responsable per la seguridad del correo electrónico y la clave de
acceso al VOIP OTHOS, debiendo protegerse contra su perdida o divulgación
indebida, respondiendo por los daños provocados por su uso incorrecto, bien como
el servicio actualmente contratado.
Los padres o representantes legales del menor de edad responderán por los actos
por él practicados en la utilización de los servicios objeto de este Contrato, entre
ellos eventuales daños causados a terceros, prácticas de actos prohibidos por ley y
por las disposiciones de este Contrato.
El correo electrónico y la clave de acceso al VOIP OTHOS son exclusivos del
CLIENTE, siendo el responsable por si y por terceros en su utilización,
comprometiéndose a honrar todos los compromisos financieros o legales de allí
resultantes.
DECIMA CUARTA: EXCLUSION DE RESPONSABILIDAD POR PARTE DE
OTHOS
OTHOS no se responsabiliza por la calidad de los servicios en hipótesis de pérdida
de conectividad u oscilaciones por cualquier problema resultante de la conexión de
Banda Ancha del CLIENTE, o aún en la hipótesis de que el CLIENTE disponga de
conexión con acceso discado, en razón de la baja velocidad de tránsito de datos.
En caso de extravío, pérdida o robo de las claves de acceso OTHOS no se
responsabilizará por cualquier daño que de ello se derive, en el tanto no haya sido
informada de tales hechos.
OTHOS no se responsabiliza por cualquier daño o perjuicio resultante de
interrupciones relativas a los eventos previstos en los ítems a), b), c), d), e)
consignados en la cláusula decima, o de aquellos en que OTHOS no haya
participado exclusivamente para la realización del daño o perjuicio.
DECIMA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente Contrato entrará en vigor a partir de la disponibilidad de los Servicios al
CLIENTE, pudiendo ser rescindido por las PARTES a cualquier hora, previa
comunicación formal.
DECIMA SEXTA: RESCISION y FORMAS DE TERMINACION DEL CONTRATO
En caso de reclamos recibidos de terceros, usuarios de internet o de órganos
reguladores, o de cualquier otra entidad relacionada al uso irregular del Servicio por
el CLIENTE, OTHOS puede rescindir el presente Contrato siendo aplicables al
CLIENTE las penalidades previstas en este instrumento y en la legislación vigente.
Las PARTES poseen la facultad de terminar el Contrato unilateralmente,
considerando aún así la aplicación de multa de recisión, en caso de rescisión del
contrato por parte del CLIENTE en los primeros 6 (seis) meses de vigencia del
contrato. La referida multa será dada con el pago en el valor correspondiente a 1
(una) mensualidad del plan seleccionado. En ese sentido, cualquiera de las PARTES
podre comunicar a la otra su decisión de considerar finalizado el presente contrato
informando la fecha en que deberá finalizar la prestación de los servicios. Las
PARTES reconocen mutuamente la facultad de rescindir el contrato en el caso del
incumplimiento de las obligaciones por la otra parte y, en cualquier hipótesis, sin
perjuicio de poder reclamar por pérdidas, daños y perjuicios, observando las
características del plan seleccionado.
DECIMA SETIMA: INTERPRETACION DEL CONTRATO: LEY APLICABLE Y
JURISDICCION
Las partes convienen en que el presente contrato se regirá en cuanto a su
contenido, interpretación y ejecución, por las leyes, reglamentos, usos y prácticas,
vigentes en la República de Costa Rica, y por las clausulas descritas en este
contrato.
El servicio es prestado en Costa Rica, siendo el contrato regido por las disposiciones
normativas de la Ley General del Telecomunicaciones número 8642, y la legislación
costarricense aplicable; con sujeción a las directrices, condiciones, regulaciones y
reglamentos que emita la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL).
Igualmente convienen en que cualquier litigio o controversia que surja con motivo de
su ejecución, interpretación o terminación deberá resolverse por medio de arbitraje, -
previo intento de conciliación ante el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara
de Comercio de Costa Rica.
DECIMA OCTAVA: DECLARACIONES FINALES:
El CLIENTE desde ya autoriza a OTHOS a divulgar su nombre como parte de su
relación de CLIENTES en Costa Rica.
EL CLIENTE reconoce que el VOIP OTHOS, por su procedencia y características,
no constituye un servicio de telefonía fija conmutada; no tiene el objetivo de
reemplazar el servicio de telefonía fija o móvil, no permite la realización de
comunicación para códigos geográficos (números) únicos nacionales o gratuitos
(0800 u otros), números destinados a emergencias (incluyendo, pero sin restringirse
a. policía, bomberos, ambulancias), números especiales o de servicios y utilidades
públicas (como, por ejemplo, los números con prefijo que comienzan con 1XX, como
por ejemplo 112; 113., etc.).
Los derechos y obligaciones resultantes de este contrato no podrán ser cedidos o
transferidos total o parcialmente sin el previo y expreso consentimiento de la otra
parte, resguardada la posibilidad de cesión, por OTHOS, a cualquier sociedad
perteneciente a su grupo económico, independiente de autorización previa del
CLIENTE, aviso o notificación a la misma.
Queda expresa e irrevocablemente establecido que la abstención del ejercicio, por
cualquiera de las PARTES, del derecho o facultad que le corresponden por el
presente Contrato, o la concordancia con el atraso en el cumplimiento o
cumplimiento parcial de las obligaciones de la otra parte no afectarán los derechos o
facultades que podrán ser ejercidos, a cualquier hora, en su exclusivo criterio, ni
alterará las condiciones estipuladas en este contrato.
Las PARTES reconocen el correo electrónico enviado para la caja postal informada
por el CLIENTE como forma válida, eficaz y suficiente de comunicación y aceptan la
Página Web www.othos.co.cr. como medio válido, eficaz y suficiente para la
divulgación de cualquier asunto que se refiera a los Servicios objeto de este
Contrato, así como a las condiciones de su prestación o a cualquier asunto en el
abordado, resguardadas las disposiciones expresamente diversas previstas en estas
Condiciones Generales.
Reconozco y estoy de acuerdo que, al seleccionar “Acepto los términos de servicio y condiciones”,
estaré aceptando integralmente todos los términos y condiciones de este contrato, así como
las condiciones comerciales optadas, sin reservas, comprometiéndome a respetarlos
y cumplir con todas las obligaciones aquí establecidas. Confirmo la veracidad de mis
datos personales y de cobranza informados en este sitio: www.othos.co.cr